USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS EN ESPACIOS PUBLICOS

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MASCARILLAS DE USO OBLIGATORIO

SE ESTABLECE EL USO DE MASCARILLAS DE FORMA OBLIGATORIA EN TODOS LOS ESPACIOS PUBLICOS DESDE EL JUEVES DIA 21 DE MAYO

A traves de una Orden del Ministerio de Sanidas dictada el dia 19 de Mayo, se regulan las condiciones de uso obligatorio de mascarillas durante el estado de Alarma.

PERSONAS OBLIGADAS:

Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados con posterioridad las personas de seis años en adelante.

La obligación no será exigible en los siguientes supuestos:

  • a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
  • d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.


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