oposicion de la policia local de torremejia

RESOLUCION DE RECLAMACIONES EN EL SUPUESTO PRACTICO DE TORREMEJIA

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Habiéndose procedido a revisar las alegaciones presentadas al tercer ejercicio de la oposición de la plaza de agente de la policía local de Torremejía celebrado el día 23 de Noviembre de 2021 resulta :

1º.- Alegación formulada por D. Pedro Rejas Luciano. Dicha alegación se refiere al caso práctico nº 1 y se concreta en que no se ha tenido en cuenta la existencia de delito de conducción temeraria tipificado en el art. 380 del Código Penal.

Comprobado que efectivamente la consideración de tal delito sí se ha tenido en cuenta a la hora de la corrección del supuesto queda desestimada dicha reclamación.

2º.- Alegación formulada por D. Antonio J. Domínguez Galán. Dicha alegación se basa en que debe anularse el ejercicio ya que el supuesto nº 2 coincide con el que se presentó en la oposición de Solana de los Barros celebrada el 4 de Junio de 2021. Por parte del miembro del Tribunal que elaboró dicho supuesto se informa que el mismo ni ha sido publicado por ninguna academia ni se le ha facilitado por él a ninguna academia de preparación de oposiciones ni siquiera se hizo público ni se permitió llevárselo a las opositores de Solana de los Barros ni existía opositor de Solana que se presentase en Torremejía aparte de que no existe ningún precepto legal que impida formular los mismos o similares casos prácticos por lo que se estima que no existía beneficio alguno ni desigualdad entre opositores.

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