PUBLICACION DE LA MODIFICACION DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL

Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.

Se publica la modificacion de la Ley de Seguridad Vial, reformando varios puntos importantes dentro de la reglamentacion del trafico y la adatacion de las reglas a los nuevos metodos de movilidad de hoy en dia.

CLASES INDIVIDUALES, NO PIERDAS EL TIEMPO CON GRUPOS

Desde nuestra plataforma hemos estado informando de cada cambio que ha ido danto la reforma y los puntos mas importantes que van a cambiar, como por ejemplo:

  • Sistemas de conduccion automatizados
  • Se elimina la prohibicion de los intercomunicadores en la conduccion de motocicletas.
  • Se prohibe llevar en el vehículo mecanismos de deteccion de radares.
  • El menor de edad no podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.
  • Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores, vehículos de movilidad personal y vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Se permite a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación, poniendo en esta ocasión especial atención a fin de evitar alcances entre ellos.
  • El adelantamiento a ciclos o motocicletas se debe de realizar con una distancia de al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril.
  • El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
  • La tenencia de la autorización administrativa podrá acreditarse mediante su presentación física o digital.
  • Se modifican de igual forma sanciones por infracciones aumentando tanto la multa como la retirada de puntos como por ejemplo, conducir con el telefono movil que pasa de 4 puntos a 6 puntos o no hacer uso del cinturon de seguridad que ahora se sanciona con la retirada de 4 puntos en vez de 3.

Puedes descargar un resumen de todas las modificaciones pinchando en el enlace que tienes al final de este post.

ENTRADA EN VIGOR DE TODAS ESTAS MODIFICACIONES:

La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

MODIFICACIONES IMPORTANTES DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL

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