CAMBIO EN LAS OPOSICIONES DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA (NUEVAS PRUEBAS))

Comparte

TRIBUNAL UNICO PARA LAS OPOSICIONES DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA

Se inicia el tramite de audiencia del proyecto de decreto para regular el acceso a los cuerpos de la Policia Local de Extremadura.

Segun se estable en el objeto del decreto presentado, se regula en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de los sistemas de acceso y de los sistemas selectivos para la provisión de puestos de trabajo de las distintas categorías de la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura previstos en la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.

Asimismo y en atención a la previsión realizada por el artículo 46.3 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, también es objeto del presente Decreto la regulación del Tribunal Único con la finalidad de promover y potenciar, siempre que ello sea posible, la realización de convocatorias conjuntas con el mayor número de municipios de la región extremeña posible.

Previsión de vacantes.-

Durante los dos primeros meses de cada año, los ayuntamientos remitirán a la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales la previsión de vacantes a cubrir durante el año en curso, a efectos de una adecuada planificación del Programa de Cursos Selectivos a impartir en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.

SISTEMA DE ACCESO POR TURNO LIBRE

Pruebas de la fase de oposición.-

Las pruebas a superar sucesivamente en la fase de oposición serán las siguientes:

a) Pruebas físicas.

Estas pruebas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tienen por objetivo comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación de los aspirantes y, en todo caso, son las establecidas en el Anexo II de este Decreto.

Para poder participar en dichas pruebas, cada persona aspirante deberá aportar un certificado médico que acredite su aptitud para poder realizarlas cuya validez no exceda de tres meses.

b) Prueba teórica.

preparacion online oposiciones policia local de extremadura
LA MEJOR AULA VIRTUAL

Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de 100 preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido para cada categoría en el Anexo III de este Decreto.

  • El tiempo máximo para la realización del mismo será de 120 minutos.
  • Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente.
  • Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas.
  • El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia.

c) Prueba práctica.

Consistirá en la resolución de uno o más supuestos relacionados con el temario establecido para cada categoría en el Anexo III de este Decreto.

En dicho supuesto se podrán valorar también conocimientos de cultura general, ortografía, redacción, capacidad de síntesis, etc, que deberán
constar expresamente en las bases de las respectivas convocatorias.

d) Prueba psicotécnica.

Será dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos puestos de trabajo.

e) Prueba médica.

Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de la función policial a desempeñar y se realizará conforme al cuadro de exclusiones médicas establecido en el Anexo I de este Decreto.

La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por quienes hayan superado las pruebas anteriores del proceso selectivo.

Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento convocante o los que éste designe en la correspondiente convocatoria.

La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de las personas aspirantes para que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de las mismas.

Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la comprobación de que el aspirante no incurre en ninguna de las causas de exclusión establecidas en el Anexo I.

Las pruebas señaladas tendrán, en todo caso, carácter eliminatorio.

Calificación de las pruebas de la fase de oposición.-

Las diferentes pruebas de la fase de oposición establecidas en el artículo anterior serán calificadas de la siguiente forma:

  • a) La prueba psicotécnica y la prueba médica se calificarán como «APTO/A» o «NO APTO/A».
  • b) La prueba teórica y la prueba práctica se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario obtener en cada una de ellas un mínimo de cinco puntos para superarla.
  • c) Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en el Anexo II de este Decreto.

Para la superación de las distintas pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas mínimas que se establecen en dicho Anexo II para cada una de ellas. En caso contrario, el /la aspirante será calificado/a como NO APTO/A y no podrá realizar la prueba siguiente.

La calificación numérica de las personas aspirantes que superen cada prueba se realizará con una puntuación comprendida entre cinco y diez puntos, conforme se relaciona en las tablas del Anexo II.

La calificación global de dichas pruebas físicas será la media aritmética de todas las obtenidas en cada una de ellas.

Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y médicas, se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la correspondiente convocatoria, un informe, a la vista del cual el tribunal resolverá.

Calificación de la fase de oposición.-

La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones globales otorgadas en las pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes declaradas aptas en las otras.

Nombramiento de funcionarios/as en prácticas.-

Los/as aspirantes que hayan superado y aprobado todas la pruebas de la fase de oposición, una vez cumplidos los requisitos formales que establezca la correspondiente convocatoria, serán nombrados funcionarios/as en prácticas y percibirán, con cargo a la corporación respectiva, las retribuciones que les correspondan conforme a la legislación vigente.

El nombramiento como funcionario/a en prácticas deberá realizarse siempre con carácter previo a la fecha de inicio del correspondiente curso selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura y durará hasta la toma de posesión como funcionario de carrera en la correspondiente categoría.

CONVOCATORIAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS UNITARIOS

Se convocarán procesos selectivos unitarios para el acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local siempre que las plazas comunicadas para la correspondiente categoría y sistema de acceso por los ayuntamientos con los que estén en vigor los convenios de colaboración alcancen el número mínimo indicado en la letra e) del artículo 41.

Para la determinación de ese número mínimo se sumarán todas las plazas comunicadas antes de que finalice el mes de enero de cada año.

Excepcionalmente, cuando el número de plazas comunicadas se aproxime al número mínimo señalado y se justifique la eficiencia del uso de los medios disponibles, por motivos de interés público vinculados a la correcta prestación del servicio de la policía local, podrán convocarse procesos selectivos unitarios para un número de plazas inferior.

La Consejería competente en materia de coordinación de policías locales pondrá inmediatamente en conocimiento de los ayuntamientos afectados la decisión de no convocar un proceso selectivo unitario por no alcanzarse el número mínimo de plazas.

Cada proceso selectivo unitario para el acceso a una determinada categoría de los cuerpos de policía local requerirá la aprobación de su propia convocatoria y bases, salvo que se decida convocar procesos selectivos unitarios conjuntos para más de una categoría o sistema de acceso a la misma.

Para obtener mas informacion sobre las nuevas pruebas fisicas de las oposiciones de la policia local de Extremadura y los temarios extras, solo pincha en el enlace al final.

Te informamos que tambien puedes descargar ya los nuevos temarios reformados antes que nadie desde nuestra tienda

tienda
TIENDA

Proyecto de tribunal unico y acceso a las plazas de la Policia Local de Extremadura


Comparte

1 comentario en “CAMBIO EN LAS OPOSICIONES DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA (NUEVAS PRUEBAS))”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Hola 👋 ¿En que podemos ayudarte?