NUEVA INSTRUCCION DE TRAFICO SOBRE PERMISOS DE CONDUCIR PROVISIONALES

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Instrucción 21/C-144

Se publica por parte del Ministerio del Interior una nueva Instrucción en relacion a los NUEVOS PERMISOS DE CONDUCIR que nosotros como opositores debemos de tener en cuenta (posibles preguntas de examen).

El artículo 1.3 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, prevé que cuando sea necesario, los permisos y licencias de conducción se podrán sustituir provisionalmente por autorizaciones temporales, las cuales surtirán idénticos efectos a los del permiso o licencia de conducción al que sustituyan.

En la actualidad, tras la obtención de un permiso de conducir, las Jefaturas Provinciales de Tráfico expiden un permiso provisional que generalmente hacen llegar a su titular a través de la autoescuela.

Con ello se pone a disposición del interesado una autorización temporal que le permite conducir sin necesidad de esperar a recibir su permiso de conducir, cuyo proceso de expedición, confección por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y envío por correo, puede demorarse algunas semanas.

Este procedimiento conlleva, no obstante, una carga de trabajo para las Jefaturas de Tráfico consistente en anotación de datos y expedición de autorización
provisional, y una carga para el interesado que se ve habitualmente en la necesidad de acudir a su autoescuela a recoger su autorización provisional, todo lo cual genera además dilaciones que pueden traducirse en algunos días.

La Dirección General de Tráfico ha puesto en servicio una aplicación informática por virtud de la cual cuando el interesado consulta el resultado de su
prueba de control de aptitudes y comportamientos, si ha sido declarado apto, puede descargarse su autorización temporal de conducir.

Esta nueva autorización provisional, cuya validez está condicionada a que vaya acompañada de un documento oficial de identificación, recogerá:

  • nombre y apellidos del titular, NIF/NIE
  • clase de permiso o licencia
  • tipo de examen,
  • fecha de la prueba superada
  • calificación de APTO y plazo de validez de tres meses

MODELO DE AUTORIZACION:

La autorización podrá ser verificada a través de un código seguro de verificación en la sede electrónica de la DGT.

Puedes descargar la instruccion en formato PDF pulsando sobre el enlace

Provisional permiso INSTRUCCION 21/C-144


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