4 NUEVAS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA

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El Ayuntamiento de Miajadas publica las bases que van a regir la convocatoria de 4 nuevas plazas de Agente de la Policia Local del Municipio.

Requisitos de los Opositores:

De conformidad con el artículo 48 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura y con el artículo 28 de las normas Marco de los Policías Locales de Extremadura, aprobadas por Decreto 218/2009, de 9 de octubre, para tomar parte en las pruebas selectivas de ingreso en la categoría de Agente, la persona aspirante deberá reunir los siguientes requisitos


a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años cumplidos.
c) Estar en posesión título de bachiller o técnico o título académico equivalente, o haber finalizado los estudios y abonado los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro órgano competente en la materia, que acredite la citada equivalencia.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de embarazo o parto. La aptitud física para realizar las pruebas establecidas en la convocatoria deberá acreditarse mediante certificado médico.
e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de oposición y a los que se refiere el artículo 29, apartado 1, letra b), de las mencionadas Normas Marco. En todo caso, este certificado médico no excluirá, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrito en el artículo 29, apartado 1, letra A), de las citadas Normas Marco.

El certificado médico ha de estar expedido dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas físicas. El certificado médico se presentará el mismo día de realización de las pruebas físicas.

PRUEBAS FISICAS

Todas las pruebas físicas se desarrollarán en el mismo día, por el orden que se señala, siendo preciso para realizar una prueba el haber sido declarado apto en la anterior. La calificación como no apto, en cualquiera de las pruebas, supondrá la exclusión del opositor.

RESUMIDO Y ACTUALIZADO

Carrera de cincuenta metros con salida en pie.

Se realizará de forma individual por cada aspirante. Se permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante. Las marcas mínimas exigidas para ser declarados aptos en esta prueba serán ocho segundos y treinta centésimas (8’’,30) para los hombres y de nueve segundos y cuarenta centésimas
(9’’,40) las mujeres.

El Tribunal se reserva el derecho de modificar el baremo de esta prueba en función de las condiciones meteorológicas del día de celebración de la misma.
La medición será manual, el cronómetro se pondrá en marcha en el momento en que el aspirante inicie el movimiento y parándose en el momento que alcance la línea de llegada.

No está permitido el uso de zapatillas de clavos. Serán invalidadas las pruebas cuando un mismo aspirante realice dos salidas falsas, cuando obstaculice o moleste de cualquier forma a otro corredor/a, pudiendo repetir la prueba el corredor/a obstaculizado.

Salto de longitud a pies juntos (sin carrera).

Consistirá en saltar hacia delante, impulsado con los dos pies al mismo tiempo y sin carrera. Se permitirá el balanceo de pies de talón a metatarso,
sin perder el contacto con el suelo de ambos pies antes del salto. Se tomará la medida desde la línea de inicio hasta la señal más atrasada del salto. Se permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.

Se considerarán nulos los siguientes saltos:
 Aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse para la
impulsión definitiva.
 El salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.
 El salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el
suelo.
Para ser declarados aptos en esta prueba se precisará un salto mínimo de dos metros y cinco centímetros (2,05 metros) para los hombres y de un metro y sesenta y cinco centímetros las mujeres (1,65 metros).

Lanzamiento de balón lastrado.

Se permitirán como máximo 2 intentos, a opción del aspirante. Lanzamiento de balón medicinal de tres kilogramos (3 kg). Para la ejecución de la prueba, el
aspirante, agarrará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo desde atrás y por encima de la cabeza, enviándolo lo más lejos posible, de modo que caiga dentro del sector o perímetro señalado.

La medición se efectuará desde la parte anterior de la línea de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída más cercana a dicha línea.

Se considerará lanzamiento nulo cuando el aspirante:
 Pise la línea.
 No tenga los pies paralelos y a la misma altura.
 Sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier
parte del cuerpo.
 Haga el lanzamiento saltando.
 Efectúe el lanzamiento con una sola mano.

Para ser declarados aptos en esta prueba se precisará un lanzamiento como mínimo de nueve metros (9 metros) para los hombres y de seis metros (6 metros) para las mujeres.

Prueba extensora de brazos:

PREPARACION INTEGRAL PERSONAL

Se realizará situándose el ejecutante en posición de decúbito prono. Colocará las palmas de las manos en la posición más cómoda manteniendo los brazos
perpendiculares al suelo y a la anchura de los hombros. Desde esa posición realizará una extensión de brazos completa comenzando el ejercicio desde esa posición. Se contabilizará como efectuada una extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida manteniendo en todo momento cabeza, hombros, espalda y piernas en rolongación.

No será válida la extensión de los brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte del cuerpo distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. El número de extensiones que se realicen no será inferior a dieciocho (18) para hombres y a catorce (14) para mujeres.

Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que este se realice en posición de tierra inclinada hacia delante. La zona de contacto de la barbilla podrá almohadillarse con un grosor no superior a seis centímetros.

Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

Carrera de resistencia.

Carrera de 1.000 metros con salida en pie. Se realizará individualmente o en grupos, a criterio de Tribunal. La medición será manual, el cronómetro se pondrá en marcha en el momento en que el aspirante inicie el movimiento y parándose en el momento que alcance la línea de llegada.

Se permite un solo intento. La prueba será nula:
 Cuando se realice por un mismo aspirante dos salidas falsas. Cuando se obstaculice, se impida el avance o se empuje intencionadamente a otro
corredor.
 Cuando se abandone voluntariamente la pista durante la carrera, no permitiéndose
continuar la prueba.
Las marcas mínimas exigidas para ser declarados aptos en la prueba será un tiempo máximo de tres minutos y cincuenta segundos (3’,50’’) los hombres y cuatro minutos y treinta segundos (4’,30’’) las mujeres.

El Tribunal se reserva el derecho de modificar el baremo de esta prueba en función de las condiciones meteorológicas del día de celebración de la misma.

4 NUEVAS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA


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