RESOLUCION DE SUPUESTO PRACTICO DE LOS SANTOS DE MAIMONA

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oposiciones de la policia local de los santos de maimona
LOS SANTOS DE MAIMONA

RESOLUCION DEL SUPUESTO PRACTICO DEL PROCESO SELECTIVO DE LA POLICIA LOCAL DE LOS SANTOS DE MAIMONA

El Municipio Extremeño de los Santos de Maimona, publica las bases para cubrir 2 plazas de Agente de la Policia Local de Extremadura.

Durante el proceso selectivo, se realizan como no podian ser de otra manera las diferentes pruebas obligatorias establecidas.

Una de ellas es la PRUEBA PRACTICA, donde el Tribunal presenta varios supuestos practicos, relativos a diferentes actuaciones policiales que los Opositores deben de realizar.

Uno de los Supuestos Practicos presenta una actuacion en donde se produce un accidente de trafico entre una bicicleta y un vehiculo de autoescuela.

RESUMEN DEL SUPUESTO PRACTICO DE LA OPOSICION DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA:

“Una persona en una bicicleta que sale del Bar La Parada, no se toma lo de siempre, sino unas copas anís, en la conducción se manifiesta síntomas.

Momentos después tiene un accidente contra un vehículo de autoescuela, golpeando contra el cristal del vehículo.

Se produce unas lesiones leves en la cara del conductor, solo haciendo falta una primera asistencia facultativa.

Se realiza las pruebas de alcohol, arrojando el conductor de la bicicleta 0.70 mg y 0.65 mg en aire espirado.

El conductor y el profesor se niegan a realizar dicha prueba, comentando que no tienen obligación de hacerla ya que ellos no son los responsables del accidente…”

Al parecer existen posibles discrepancias en la correccion del supuesto practico.

Desde el CENTRO DE FORMACION B.A.K. se ponen en contacto con nuestra plataforma a traves de nuestro email secretaria@oposicionespolicialocalex.es, para hacernos llegar su resolucion para este supuesto practico.

Vamos a dejar un enlace al final de la publicacion para que tod@s podais acceder a este razonamiento por parte del CENTRO B.AK.

Pero en resumen ellos establecen que:

El alumno de autoescuela también puede cometer los delitos contra la seguridad vial puesto que, concurriendo los elementos del tipo, su conducción será perfectamente apta para poner en peligro los bienes jurídicos protegidos.

No siendo para ello óbice la función activa de enseñanza, que le lleva a ser considerado conductor, que ejercita el profesor, ya que el CP no entra en la sutileza técnico administrativa de los mandos adicionales.

Y en el caso de que tanto alumno como profesor de un vehículo de autoescuela implicado en un accidente, como el caso que nos ocupa, se
negare a someterse a las pruebas reglamentariamente establecidas para la comprobación de la alcoholemia.

Estaríamos ante un supuesto de coautoría ya que ambos puestos están dotados de los mecanismos de dirección y control y cabe la imputación por dolo eventual de la acción al coautor no conductor”.

Tod@s podeis poneros en contacto con nosotros a traves del email y hacernos llegar vuestras conclusiones:

  • secretaria@oposicionespolicialocalex.es

INFORME RESOLUCION CENTRO B.A.K.


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3 comentarios en “RESOLUCION DE SUPUESTO PRACTICO DE LOS SANTOS DE MAIMONA”

  1. Y ¿por que no se basa en sentencias o Doctrina? Me gustaría que solamente dijera una sentencia que le diera la razón ( aunque sea de jurisprudencia menor).
    ¿Por que su mayor argumento es que su libro dice que tiene la razón? Osea tengo la razón porque yo lo digo.
    ¿Por qué utilizo la LSV para aplicarle la figura de conductor al profesor pero no aplica la LSV al alumno? Según anexo 1 LSV queda claro que el conductor a todos los efectos es el profesor.
    ¿Por qué no le metemos el 384 al alumno por la misma regla de tres? Ah que aquí si nos interesa la LSV y RGCON

    1. Yo no se si en este caso la resolucion del supuesto practico es correcta o no, pero, tenemos una resolucion que nadie hace, y digo yo:
      ¿por que no se publican estas cosas siempre?
      ¿por que no se publican las resoluciones de las pruebas por parte de los Tribunales?
      ¿por que no se hace publico las diferentes respuestas de los opositores y como se dan las notas?
      ¿por que no hay cualquier otro opositor o academia que si tiene otra opinion o punto de vista, la publica?
      Como opositor por lo menos tenemos una respuesta fundamentada a un supuesto para mi complejo
      Todavia no tenemos a nadie que publique otra respuesta tomando en referencia administrativamente la LSV o el RGCond. o cualquier otra referencia y pueda separar en este caso o en otro la via administrativa de la via penal.
      Si el Tribunal de los Santos de forma particular ha dado por bueno, no investigar al alumno de la autoescuela por un delito de 383, por que no se publica?
      Solo pedimos transparencia y publicidad para que todos los opositores podamos acceder a los contenidos y tener todos los puntos de vista.
      Gracias por subir tanto material para que podamos estudiar

  2. Según mi opinión, creo que es mucho más sencillo. tanto el profesor como el alumno deben someterse a las pruebas de alcoholemia al ser usuarios de la vía y estar implicados en un accidente. Al negarse ambos están cometiendo un 383 del CP.

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