MODIFICACION DEL «SUPER ASESINATO» ARTICULO 140 DEL CODIGO PENAL

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Se inicia la proposicion de modificacion del Codigo Penal y en concreto el articulo 140 al que vamos a denominar «SUPER ASESINATO» y «ASESINATO CON AGRAVANTE», como mas os guste.

CLASES INDIVIDUALES, NO PIERDAS EL TIEMPO CON GRUPOS

Esta proposicion arranca hoy dia 27 desde el Congreso de los Diputados e iniciada por los grupos:

  • Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
  • Grupo Parlamentario Ciudadanos.
  • Grupo Parlamentario Mixto.

Desde que por medio de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo se introdujera en nuestro derecho penal la pena de prisión permanente revisable, recogida en el artículo 35 y concordantes del Código Penal, nuestros Tribunales la han impuesto en cerca de una veintena de casos, todos ellos de gran repercusión en la opinión pública por las circunstancias de especial crueldad de los delitos objeto de enjuiciamiento.

La sociedad española está mayoritariamente a favor de la existencia de este máximo castigo para delitos de especial gravedad, como han mostrado sucesivos estudios demoscópicos que señalan que en torno al ochenta por ciento de los españoles respalda esta medida adoptada hace ya más de un lustro.

Hay dos fenómenos que son de honda preocupación para la sociedad española en relación con este delito, cuales son la ocultación del cadáver y la reincidencia en ese tipo delictivo.

Además de la aflicción que el asesinato de un familiar tiene para sus deudos, el hecho de no poder disponer del cuerpo para darle las honras fúnebres que nuestras costumbres sociales y religiosas prescriben, supone un dolor añadido por la acción deliberada del delincuente.

Todas estas razones justifican la presente propuesta de modificación del artículo 140 del Código Penal para incluir dos supuestos más al párrafo primero que incluyan las conductas acabadas de describir, esto es, el asesinato con ocultación del cadáver y la reincidencia en ese delito.

La presente modificación legislativa tiene el carácter de Ley Orgánica por afectar a derechos fundamentales conforme lo dispuesto por el artículo 81 de la Constitución Española.

PROPUESTA DE MODIFICACION DEL ARTICULO 140 DEL CODIGO PENAL:

En la actualidad, el articulo 140, establece unas «agravantes» muy concisas para entender cometido la accion que son:

  • 1.ª Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
  • 2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
  • 3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.

Con la propuesta de modificacion, se van a agregar dos apartados mas a estos 3 ya existentes que son:

  • 4.ª Que el reo hubiere hecho desaparecer el cadáver de la víctima o no diere razón de su paradero.
  • 5.ª Que el autor hubiere sido condenado con anterioridad como reo de delito de asesinato.

MODIFICACION DEL «SUPER ASESINATO» ARTICULO 140 DEL CODIGO PENAL


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