PRIMERAS SENTENCIAS PENALES DEL CORONAVIRUS

PRIMERAS SENTENCIAS CONDENATORIAS PENALES FRENTE A INFRACCIONES EN RELACION CON EL ESTADO DE ALARMA

Nos llegan las primeras sentencias dictadas por infracciones penales frente al estado de Alarma decretado por el gobierno.

Por motivos de la Ley de Proteccion de Datos, solo vamos a copiar estractos de la sentencia, omitiendo datos personales del infractor.

La primera sentencia que nos llega esta dictada por el Juzgado de Instruccion Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, frente a un delito de desobediencia y resistencia grave.

ANTECEDENTES DEL HECHO

PRIMERO.-

Abierto el juicio oral, el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales interesó la condena del acusado como autor de un delito DE DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA GRAVE del artículo 556,1 del Código
Penal.

De los hechos que han quedado narrados responde el acusado en concepto de AUTOR, artículo 28 del Código Penal.;

  • No concurren en el acusado ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, por lo que solicita imponer al acusado por el delito de resistencia la pena de:

SEIS MESES DE MULTA y costas.

  • La multa tendrá una extensión diaria de 3 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme al artículo 53 del Código Penal.

HECHOS PROBADOS

En la tarde del día 19 de marzo de 2020, agentes de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife se encontraban realizando sus funciones de seguridad ciudadana en la calle Miguel Zerolo Fuentes.

En ese momento se encontraron con el acusado, quien se encontraba apoyado en una barandilla.

Por este motivo los agentes se acercaron al acusado pidiéndole explicaciones para que justificara que habiendo sido decretado el estado de alarma estuviera en la vía pública, contestando que se encontraba observando.

Al apreciar los agentes que el acusado carecía de justificación para encontrarse en la vía pública le exigieron que abandonara el lugar y volviera a su domicilio.

Momento en el que el acusado, reacciona de forma violenta.

Manifiesta a los agentes que:

  • «yo no me voy, no me la gana»

Siendo advertido que iba a ser sancionado, reiterando su actitud chulesca y desafiante.

El acusado quien hacía caso omiso a los constantes requerimientos de los agentes para que abandonara el lugar.

Llega a manifestar el acusado que sacaba el cuchillo y les rajaba, que le daba igual todo.

Por estos motivos y ante la imposibilidad de que el acusado atendiera a razones y cumpliera con las órdenes dadas se procedió a su detención.

FALLO FINAL

Ratificando íntegramente el fallo y debo condenar y condeno al acusado como autor criminalmente responsable de un DELITO DE DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA GRAVE del artículo 556,1 del Código Penal.

No existiendo la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena impuesta es de:

  • MULTA de CUATRO MESES con una cuota diaria de TRES euros, con la prevención de que el impago de cada dos de estas cuotas devengará para el/la condenado/a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad
  • Y al abono de las costas procesales.

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