¿SE PUEDE REPARAR UN VEHICULO EN LA VIA URBANA?

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Se publica una nueva instruccion por parte de la DGT en relacion al auxilio de vehículos no accidentados en áreas urbanas (Instrucción 21/VEH-3 PROT-3).

El Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas, establece las condiciones en las que deben desarrollar sus funciones los servicios de auxilio en vías públicas que acudan al lugar del accidente o de la avería de un vehículo cuya retirada sea necesaria y urgente por constituir un peligro potencial para la seguridad vial, en el que pueden resultar implicados tanto los ocupantes del propio vehículo, como los operarios de auxilio, como otros usuarios de la vía.

Actuaciones de Auxilio:

 Las actuaciones de auxilio seguirán las instrucciones que la autoridad encargada de la regulación, ordenación y gestión del tráfico pudiera dictar.

Las operaciones de auxilio se realizarán de la forma más segura posible para todos los usuarios de la vía. Los operarios de auxilio deberán desistir de realizar cualquier actividad hasta que las condiciones no sean totalmente seguras.

La inmovilización del vehículo se comunicará al tercero o al operador de auxilio, quien a su vez remitirá dicha comunicación por medios telemáticos, a la autoridad encargada de la regulación, ordenación y gestión del tráfico para su publicación en el punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad.

La retirada de las vías y, en su caso, el traslado de un vehículo accidentado o averiado solo deberá realizarse por otro específicamente destinado al fin del servicio de auxilio en vía pública e inscrito en el Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas (REAV) del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, salvo cuando por causas excepcionales, en función de la masa o dimensiones del vehículo, sea preciso utilizar otro tipo de vehículo.

Al margen de estas situaciones, existen otras de naturaleza bien distinta, producidas en áreas urbanas, que implican la avería de un vehículo no accidentado, generalmente estacionado, que por la escasa entidad de la avería que presenta y por la sencillez de su reparación no resulta justificada su retirada de la vía pública y su traslado a un taller por un vehículo de auxilio en vías públicas.

En estos supuestos carentes de riesgo para la seguridad vial, en los que el vehículo averiado puede recuperar su capacidad para seguir circulando por sí mismo tras una operación sencilla, en los que la retirada del vehículo no solo no está justificada, sino que puede causar problemas de fluidez de trafico derivados del:

  • corte de una calle para ser cargado en una plataforma
  • remolcado mediante un dispositivo de arrastre, el auxilio puede prestarse a través de un vehículo taller (turismo o motocicleta) debidamente autorizado para el desarrollo de esta actividad.

Excepciones a la prohibicion de realizar reparacion del vehiculo en via publica

  • Que tal actuación requiera menos tiempo que la retirada del vehículo de la vía.
  • Que sea imprescindible para efectuar la retirada del vehículo inmovilizado.

Conclusiones:

En consecuencia, en áreas urbanas, las operaciones de auxilio que no impliquen riesgo sustancial para la seguridad vial y que consistan en una reparación sencilla, que requiera menos tiempo que la retirada del vehículo se podrán realizar por medio de vehículos taller (turismos o motocicletas) debidamente autorizados para el desarrollo de esta actividad, que deberán garantizar su máxima visibilidad, su iluminación y su conectividad, durante la operación.


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