CONTINUACION DEL PROCEDIMIENTO PARA 3 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA.
En el apartado cuarto de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, se dispone que «sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios».
Considerando que el servicio de Policía Local está estrechamente vinculado al cumplimiento de las condiciones establecidas por el estado de alarma.
Se considera indispensable para la protección del interés general, y si a ello se añade las bajas producidas en el servicio por jubilación y movilidad, se considera necesario para su funcionamiento
Por lo tanto, se levanta el suspenso, para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
Recordamos que estas plazas se cubren mediante el turno de movilidad.