OPOSICIÓN DE LA POLICÍA LOCAL DE (AZUAGA)

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oposición de la policía local de azuaga
AZUAGA

NUEVAS BASES PARA CUBRIR 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA

Se establece convocatoria para el acceso, con carácter de personal funcionario de carrera, a dos plazas de Agentes de la Policía Local de Extremadura.

De igual forma, se regula que el proceso selectivo se realiza a través del turno libre por el sistema de oposición

Seguidamente sabemos que las 2 plazas ofertadas están encuadradas en la escala de Administración Especial, clase de la Policía Local

Estas 2 plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C

REQUISITOS DE LOS OPOSITORES A LAS PLAZAS DE POLICÍA LOCAL

Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:

1.- Tener la nacionalidad española.

2.- Tener cumplidos 18 años de edad y no haber superado la edad de jubilación antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

3.- Estar en posesión del Título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalentes.

En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

4.- Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales

La aptitud física para realizar las pruebas establecidas en la convocatoria deberá acreditarse mediante certificado médico.

5.- No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.

6.- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

7.- Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio,

En este certificado, debe constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de oposición.

La presentación de este certificado no excluirá, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico.

8.- Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.

Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de instancias solicitando tomar parte en la oposición,

Todo a excepción del especificado en el punto 8 anterior, debiendo acreditarse los permisos de conducir antes de la finalización del Curso Selectivo de Formación correspondiente, y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.

PRUEBAS FÍSICAS COMO REQUISITOS DENTRO DE LA OPOSICIÓN DE LA POLICÍA LOCAL

Todas las pruebas físicas se desarrollarán en el mismo día, por el orden que se señala, siendo preciso para realizar una prueba el haber sido declarado apto en la anterior.

La calificación como no apto, en cualquiera de las pruebas, supondrá la exclusión del opositor.

PRIMERA PRUEBA. VELOCIDAD

  • Carrera de cincuenta metros con salida en pie.
  • Se realizará en una pista de atletismo, de forma individual por cada aspirante.
  • Permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.

Las marcas mínimas exigidas para ser declarados aptos en esta prueba serán ocho segundos y treinta centésimas (8’’,30) para los hombres y de nueve segundos y cuarenta centésimas (9’’,40) las mujeres.

El Tribunal se reserva el derecho de modificar el baremo de esta prueba en función de las condiciones meteorológicas del día de celebración de la misma.

SEGUNDA PRUEBA. SALTO DE LONGITUD A PIES JUNTOS

  • Consistirá en saltar hacia delante, impulsado con los dos pies al mismo tiempo y sin carrera.
  • Se permitirá el balanceo de pies de talón a metatarso, sin perder el contacto con el suelo de ambos pies antes del salto.
  • Tomará la medida desde la línea de inicio hasta la señal más atrasada del salto.
  • Permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.

Considerarán nulos los siguientes saltos:

  • Aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse para la impulsión definitiva.
  • El salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.
  • El salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
  • Para ser declarados aptos en esta prueba se precisará un salto mínimo de dos metros y cinco centímetros (2,05 metros) para los hombres y de un metro y sesenta y cinco centímetros las mujeres (1,65 metros).

TERCERA PRUEBA. LANZAMIENTO DE BALÓN LASTRADO

  • Lanzamiento de balón medicinal de tres kilogramos (3 Kg).
  • Permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.

Para la ejecución de la prueba, el aspirante, agarrará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo desde atrás y por encima de la cabeza, enviándolo lo más lejos posible, de modo que caiga dentro del sector o perímetro señalado.

La medición se efectuará desde la parte anterior de la línea de lanzamiento hasta la primera huella que deje el balón sobre la zona de caída más cercana a dicha línea.

Se considerará lanzamiento nulo cuando el aspirante:

  • Pise la línea.
  • No tenga los pies paralelos y a la misma altura.
  • Sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.
  • Haga el lanzamiento saltando.
  • Efectúe el lanzamiento con una sola mano.
  • Para ser declarados aptos en esta prueba se precisará un lanzamiento como mínimo de nueve metros (9 metros) para los hombres y de seis metros (6 metros) para las mujeres.

CUARTA PRUEBA. FLEXIONES DE BRAZOS

  • Se realizará situándose el ejecutante en posición de decúbito prono.
  • Colocará las palmas de las manos en la posición más cómoda manteniendo los brazos perpendiculares al suelo y a la anchura de los hombros.
  • Desde esa posición realizará una extensión de brazos completa comenzando el ejercicio desde esa posición.
  • Se contabilizará como efectuada una extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida manteniendo en todo momento cabeza, hombros, espalda y piernas en prolongación.
  • No será válida la extensión de los brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte del cuerpo distinta de la barbilla, punta de los pies y manos.
  • El número de extensiones que se realicen no será inferior a dieciocho (18) para hombres y a catorce (14) para mujeres.

Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que éste se realice en posición de tierra inclinada hacia delante.

La zona de contacto de la barbilla podrá almohadillarse con un grosor no superior a seis centímetros.

Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

QUINTA PRUEBA. CARRERA DE 1000 METROS

  • Carrera de 1.000 metros con salida en pie.
  • Se realizará en una pista de atletismo, individualmente o en grupos, a criterio de Tribunal.

Las marcas mínimas exigidas para ser declarados aptos en la prueba será un tiempo máximo de tres minutos y treinta y cinco segundos (3’,35’’) los hombres y cuatro minutos y quince segundos (4’,15’’) las mujeres.

El Tribunal se reserva el derecho de modificar el baremo de esta prueba en función de las condiciones meteorológicas del día de celebración de la misma.

NUEVAS BASES PARA CUBRIR 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA


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