El Congreso de los Diputados, aprueba hoy una nueva reforma del Código Penal, en concreto en el articulo 22 «agravantes» dentro de las circunstancias que modifican la responsabilidad criminal.
Se reforma de manera particular el apartado 4 del articulo 22, «agravante de discriminación».
Vamos a ponerte para que sea fácil la redacción actual y la redacción final de como va a quedar este articulo una vez termine el tramite y se publique en el BOE, que de igual forma se establece que va a entrar en vigor al día siguiente de su publicación.
REDACCION ACTUAL DEL ARTICULO 22.4
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta
MODIFICACION DEL ARTICULO 22.4
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta
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