Se publica la resolucion del tribunal que desarrolla el proceso selectivo del Municipio en relacion a reclamaciones realizadas por los aspirantes en las notas del examen psicotecnico de la Oposicion.
En primer lugar, realizada las reclamaciones mediante recurso de resposicion, no se estiman, quedando sin efecto y no modificando la valoracion hecha mediante la correccion de la prueba.
En segundo lugar, se realizan las mismas mediante recurso de alzada y es en este caso cuando se estiman dichas reclamaciones.
Por todo esto, se levanta la suspensión acordada respecto a la realización del siguiente ejercicio, último de la fase de oposición, consistente en el reconocimiento médico.