El Ayuntamiento de Merida, publica la rectificacion de las bases para cubrir 2 nuevas plazas dentro de la plantailla de su Policia Local.
La rectificacion afecta por un lado a las Normas generales y por otro, a la permanencia mínima en situación de servicio activo en la categoría como funcionario o funcionaria; así como al tiempo mínimo para el pase a segunda actividad por petición propia.
- Donde dice:
Primera. Normas generales:
1.4. El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a las normas contenidas en:
e. Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción, movilidad en los cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE número 119, de 14 de octubre).
Queda suprimido dicho párrafo por estar derogada la Orden.
- Donde dice:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
b) Haber permanecido como mínimo 1 año en situación de servicio activo en la misma categoría como funcionario o funcionaria de carrera en el cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de procedencia.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo dos años para pasar a la situación de segunda actividad por petición propia.
- Debe decir:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
b) Haber permanecido como mínimo 3 años en situación de servicio activo en la misma categoría como funcionario o funcionaria de carrera en el cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de procedencia.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda actividad por petición propia.