DECRETO 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único

Se publica un nuevo decreto por parte del Condejo de Gobierno de la Junta de Extremadura donde se regula de nuevo los sistemas de seleccion para la regulacion de los procesos de las diferentes oposiciones de la Policia Local de Extremadura, ademas de proponer por primera vez en la historia un TRIBUNAL UNICO que desarrolle todas las diferentes oposiciones de los Municipios Extremeños.

Los cambios mas importantes son los siguientes:

Previsión de vacantes: Durante los dos primeros meses de cada año, los Ayuntamientos remitirán a la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales la previsión de vacantes a cubrir durante el año en curso, a efectos de una adecuada planificación del Programa de Cursos Selectivos a impartir en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.

A partir de ahora nos vamos a centrar en los sistemas de acceso en el turno libre:

Pruebas de la fase de oposición.

Las pruebas a superar sucesivamente en la fase de oposición serán las siguientes:
a) Pruebas físicas.
Estas pruebas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tienen por objetivo comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación de los y las aspirantes y, en todo caso, son las establecidas en el anexo II de este decreto.
Las pruebas contenidas en referido anexo II se desarrollarán conforme se indica en el mismo.
Para poder participar en dichas pruebas, cada aspirante deberá aportar un certificado médico que acredite su aptitud para poder realizarlas y cuya validez no exceda de tres meses.

b) Prueba teórica.
Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100 preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido para cada categoría en el anexo III de este decreto. El tiempo máximo para la realización del mismo será de 120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia.
c) Prueba práctica.
Consistirá en la resolución de uno o más supuestos relacionados con la parte específica del temario establecido para cada categoría en el anexo III de este decreto. En dicho supuesto se podrán valorar también conocimientos de cultura general, ortografía, redacción, capacidad de síntesis, etc., que deberán constar expresamente en las bases de las respectivas convocatorias.
d) Prueba psicotécnica.
Será dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos puestos de trabajo.
e) Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de la función policial a desempeñar y se realizará conforme al cuadro de exclusiones médicas establecido en el anexo I de este decreto. La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por quienes hayan superado las pruebas anteriores del proceso selectivo.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento convocante o los que éste designe en la correspondiente convocatoria.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de las y los aspirantes que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de las
mismas.

Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la comprobación de que no incurre en ninguna de las causas de exclusión establecidas en el anexo

Las pruebas señaladas en el anterior apartado tendrán, en todo caso, carácter eliminatorio.

PRUEBAS FISICAS:

Dentro de las pruebas fisicas se establece un rango de edad en las marcas y se introduce una nueva prueba CIRCUITO DE OBSTACULOS, todo queda regulado en el Anexo II (al final del post teneis un enlace)

TEMARIO OFICIAL:

Hay una nueva introduccion de temas o apartados nuevos en el temario relacionado a la orden del año 2004 que lo regulaba hasta la fecha, en concreto se diferencia los temas 14 y 15 de la parte general y el tema 15 de la parte especifica.

Parte General:

Tema 14. La legislación sobre Policías Locales: la Ley de Coordinación de Policías Locales. Las Normas Marco de los Policías Locales en Extremadura. Régimen estatutario. Normativa de uniformidad, acreditación y equipamiento de Policías Locales de Extremadura. derechos y deberes de las Policías Locales. Régimen disciplinario de las funcionarias/ los funcionarios de Policía Local.
Tema 15. La función pública en general y los funcionarios/las funcionarias de las Entidades Locales. Organización de la función pública local. Normativa relativa a la Igualdad de Género en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Normativa relativa a la prevención de la Violencia de Género en Extremadura. Funciones en materia de Medio Ambiente.

Parte Especifica:

Tema 15. El Accidente de Tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes. Fases de la Intervención Policial en el accidente. El Atestado de Tráfico. Sus contenidos y tramitación. Intervención de la Policía Municipal en materia medioambiental: Especialmente su intervención en materia de contaminación acústica.

Nuestro temario ya esta actualizado a la nueva normativa, entra en el enlace y buscalo para que seais l@s primeros en empezar a estudiar.

TEMARIO OFICIAL NUEVO 2022

NUEVO DECRETO 64/2022, de 8 de junio

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