1 NUEVA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA

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El Ayuntamiento de Navalvillar de Pela publica las bases para cubrir 1 plaza de Agente de la Policia Local del Municipio.

Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:

  1. Tener la nacionalidad española.
  2. Tener cumplidos 18 años de edad y no haber superado la edad de jubilación antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
  3. Estar en posesión del título de bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalentes. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, conforme a la orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, que regula esta equivalencia.
  4. Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de embarazo o parto. La aptitud física para realizar las pruebas establecidas en la convocatoria deberá acreditarse mediante certificado médico.
  5. No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
  6. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  7. Tener una estatura mínima de 167 centímetros los hombres y de 157 centímetros las mujeres.
  8. Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico actual, extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de oposición. La presentación de este certificado no excluirá, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico. (Ver cláusula séptima)
  9. Estar en posesión y que se encuentren en vigor, del permiso de conducir de las clases A2 y B.
  10. Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por la persona aspirante el día en que finalice el plazo para la presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria. A excepción del especificado en el apartado 9), el cual deberá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación correspondiente.

PRUEBAS FISICAS

– Indicaciones previas:

Con anterioridad al inicio de las pruebas se procederá a la identificación de las personas aspirantes, a través del DNI, y a la comprobación de la validez del certificado médico correspondiente, requisitos sin los cuales no se aceptará la participación en ninguna de las pruebas.

Las pruebas tendrán carácter eliminatorio; por tanto, no se podrá acceder a la ejecución de la siguiente sin haber superado la anterior.

El orden concreto de realización sucesivo de cada una de las pruebas será el establecido en las bases de la presente convocatoria (el Tribunal esta capacitado para cambiar el orden de las pruebas durante su realización).

Durante el desarrollo de las pruebas no se permitirá el acceso de opositores/as y/o público a las zonas establecidas a tal fin para la ejecución de las pruebas, excepto los/as opositores/as que las tengan que realizar en cada momento.

El Tribunal está capacitado para, si se estima oportuno, solicitar las pruebas de control antidopaje necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades a todos/as los/as opositores/as. Dichas pruebas serían supervisadas por alguno de los laboratorios de referencia en esta materia en el ámbito nacional, y en caso de realizarse estarían sometidas a la legislación vigente respecto a las pruebas de control antidopaje.

El Tribunal, para aquellos supuestos no recogidos en las pruebas, estará habilitado para tomar las decisiones que, de acuerdo a mejorar las condiciones de participación y realización de las pruebas, estimen oportunas.

PRUEBAS FÍSICAS:

a) Carrera de 50 metros con salida en pie:

Se realizará de forma individual o colectiva según requiera el tribunal, precisando para ser declarado/a apto/a en la misma realizar este recorrido en un tiempo máximo de 7 segundos y 80 centésimas los hombres; y de 9 segundos y 00 centésimas para las mujeres. Dos intentos.

Intentos: Dos, contabilizándose como intento la salida declarada nula.

b) Potencia de brazos (dominadas):

Hombres: Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se realizarán flexiones asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento. Para alcanzar la calificación de apto será necesario realizar 7 flexiones completas.

Mujeres: El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: Brazos flexionados, presa con las palmas de la mano hacia atrás, piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Un intento. Para la calificación de Apta será necesario mantenerse en la posición descrita 40″.

c) Potencia de piernas (salto de longitud):

Con los pies juntos y sin carrera, de pie, detrás de la línea señalizada en el suelo y sin carrera. Miembros inferiores simétricos con la apertura que el/la opositor/a estime oportuna y precisando para ser declarado/a apto en esta prueba superar en el salto, los hombres 2,1 metros de longitud, y las mujeres 1,7 metros.

Posibles saltos nulos:

No sobrepasar con alguna parte del cuerpo la línea de caída.
Pisar la línea de salida al iniciar el salto.
Realizar un despegue del suelo, de al menos uno de los pies, antes de ejecutar el salto.
Tener un desequilibrio del cuerpo, tocando el suelo con alguna extremidad

Intentos: Hasta un máximo de dos intentos si no se ha conseguido superar la marca mínima.

d) Prueba de potencia de tren superior (lanzamiento de balón medicinal de 3 kilogramos)

Para la ejecución de la prueba, el aspirante agarrará el balón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo desde atrás y por encima de la cabeza, enviándolo lo más lejos posible, de modo que caiga dentro del sector o perímetro señalado. No se levantarán los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento. Para superar esta prueba se necesita una marca minima de Hombres: 8 metros y Mujeres: 6 metros.

Intentos: Hasta un máximo de dos intentos si no se ha conseguido superar la marca mínima exigida.

e) Carrera de 1.000 metros con salida en pie:

Se realizará de forma conjunta o en grupos, a criterio del Tribunal, precisando para superar esta prueba realizar el recorrido en tiempo máximo de 3 minutos y 50 segundos para los hombres; y de 4 minutos y 35 segundos para las mujeres. Un intento.

Intentos: Uno, contabilizándose como intento la salida declarada nula.

1 NUEVA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA


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